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Autor: Eugenio Gamito

Profesor y Tutor de los programas máster y experto en operaciones internacionales, compras, logística y comercio internacional

En el Comercio Internacional, a menudo las operaciones de exportación, especialmente su cobro, quedan amparadas por una Carta de Crédito Irrevocable, sobre todo cuando el cliente o proveedor están situados en áreas geográficas distantes, no se conocen o existe algún riesgo comercial. La carta de crédito es así uno de los instrumentos más utilizados en el inicio de las relaciones comerciales internacionales, cuando el desconocimiento y la desconfianza están muy presentes en la relación comercial.

La parte esencial de este instrumento bancario es el llamado «condicionado», es decir, la lista de condiciones documentales y operativas que tiene que cumplir el vendedor para cobrar su mercancía.

Este condicionado hace referencia a múltiples compromisos relativos al transporte y su incumplimiento conlleva la pérdida de las garantías del crédito, la imposibilidad de cobrar sus mercancías o, en el mejor de los casos, quedar a merced de la buena voluntad del comprador.

Algunos errores frecuentes en la carta de crédito son:

  • Aceptar condiciones bancarias imposibles de cumplir.
  • No cumplir todas las directrices que marque el cliente (por ejemplo, no indicar en el CMR o en el Certificado de Origen, o en la factura, algún dato del transporte: matricula del camión, nombre del barco, número de la carga de crédito).
  • No presentar todos los documentos o presentarlos fuera del plazo de validez del crédito.
  • No presentar de algún documento el número de copias exigidas.
  • Indicar un importe de factura superior al admitido en el crédito.
  • Utilizar un medio de transporte distinto al determinado en la carta de crédito (aunque sea mejor).
  • Indicar una fecha del seguro posterior a la fecha de embarque.
  • En el caso de los envíos marítimos, no entregar al banco un Conocimiento de Embarque consignado con arreglo a las instrucciones del condicionado de la Carta de Crédito (el cliente puede haber solicitado que el Conocimiento de Embarque esté firmado y sellado por el responsable del buque).
  • En los diferentes documentos no coincide la descripción de la mercancía, número de bultos, calidades, pesos, etc.

Además, un problema muy recurrente en la tramitación de la Carta de Crédito es la emisión de la misma con condiciones imprecisas, poco concretas y/o incongruentes. En general, es recomendable contar con asesoramiento experto cuando se inicia la actividad y formar al personal administrativo que lo gestionará para su conocimiento de las normas que rigen a las cartas de crédito (UCP 600 de la Cámara de Comercio Internacional), así como leer atentamente el condicionado de las cartas de crédito y mantener un contacto estrecho con el operador logístico y agente de aduanas.

Otra recomendación es solicitar un borrador del condicionado de la carta de crédito. De esta forma, se podrá analizar el contenido y lo que le será exigible al exportador para cobrar, previamente a la recepción definitiva del crédito documentario. El exportador podrá solicitar al importador que realice las correcciones oportunas. Una vez revisado el condicionado, es importante asimismo presentar los documentos en la entidad financiera con tiempo suficiente que le permita al exportador realizar alguna modificación en los mismos si se detectaran discrepancias.